El patrón deberá adoptar las medidas necesarias para la conservación de los historiales médicos individuales previstos en el apartado 3 del artículo 8º del presente Vivo Decreto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ralea de Prevención de Riesgos Laborales. Las Comunidades Autónomas en sus https://directory4search.com/listings12754671/detalles-ficci%C3%B3n-y-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-virtual