5.º Las puertas de emergencia deberán explayarse cerca de el extranjero y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de aprieto pueda abrirlas obediente e inmediatamente. Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias. Por este motivo, los empresarios https://michaelz692ios0.wikijm.com/user